Checklist federal
Los requisitos no son una lista decorativa: funcionan acumulativamente
Un recurso puede presentar una cuestión constitucional relevante y, aun así, ser inadmisible porque la sentencia no es definitiva, no proviene del superior tribunal, la cuestión federal no fue preservada, subsiste un fundamento autónomo no refutado o la presentación incumple la reglamentación.
Por eso conviene utilizar una lista de control que reproduzca el orden lógico en que se examina la vía.
1. Requisitos de acceso
- Legitimación y agravio: la decisión debe producir al recurrente un perjuicio personal, concreto y actual.
- Resolución recurrible: sentencia definitiva o decisión equiparable según la jurisprudencia de la Corte.
- Superior tribunal: agotamiento de la máxima instancia judicial disponible para el caso.
- Plazo: diez días desde la notificación conforme art. 257 CPCCN, sujeto a las reglas aplicables al caso.
- Tribunal de interposición: el órgano que dictó la resolución que motiva el recurso.
2. Requisitos vinculados con la cuestión federal
- Existencia: cuestión comprendida en el art. 14 Ley 48 o fundamento excepcional jurídicamente apto.
- Introducción: planteo oportuno; no requiere fórmula sacramental, pero sí contenido suficiente.
- Mantenimiento: continuidad del planteo cuando el recorrido procesal lo exige.
- Resolución contraria: la decisión debe resultar adversa al derecho federal invocado en los términos pertinentes.
- Relación directa e inmediata: el punto federal debe ser decisivo para la solución y no meramente colateral.
3. Requisitos de fundamentación
- Relato claro de los hechos procesalmente relevantes.
- Identificación precisa de la cuestión federal.
- Demostración de definitividad y superior tribunal.
- Explicación del gravamen personal, concreto y actual.
- Refutación de todos los fundamentos independientes de la sentencia vinculados con las cuestiones federales.
- Autosuficiencia: el recurso debe permitir comprender el caso sin depender de remisiones genéricas.
4. Requisitos reglamentarios: Acordada 4/2007
La Acordada agrega exigencias de extensión, legibilidad, carátula y organización del contenido. El art. 3 exige demostrar superior tribunal y definitividad, reconstruir la introducción y mantenimiento de la cuestión federal, acreditar gravamen, refutar fundamentos independientes y mostrar relación directa e inmediata.
Estas exigencias se revisan junto con el contenido. La jurisprudencia sistematizada por la guía registra rechazos por incumplimientos de los arts. 1, 2 y 3, así como supuestos excepcionales de dispensa bajo el art. 11.
Información jurídica general. Este contenido no reemplaza el análisis del expediente. Antes de una presentación concreta deben verificarse la normativa vigente, las acordadas operativas, la fecha y forma de notificación y el texto completo de los precedentes que se pretendan citar.
